La Tasa 790 – 620 denominada “Tramitación de autorizaciones de trabajo a ciudadanos extranjeros” es un impuesto que debe pagar el empleador después de que haya tramitado la autorización, renovación o prórroga de la residencia temporal y de trabajo de su empleado.
Adicional a esta tasa, el trabajador extranjero debe pagar la Tasa 790 – 052. Tanto la anterior como esta, deben ser canceladas antes de poner la huella para el TIE (NIE físico). De igual manera, al momento de la huella, se deberá hacer el pago de la Tasa 790 – 012.
¿Dónde pagar la Tasa 790 – 062?
Se puede pagar de dos maneras diferentes. La primera es de forma online a través de la página oficial de las Administraciones Públicas. La segunda es imprimiendo el formulario correspondiente y entregándolo lleno en alguna oficina de extranjería. Este documento se debe entregar junto al comprobante de pago realizado en una entidad bancaria colaboradora.
El costo de la tasa para la autorización de trabajo con retribución menor a 2 veces el SMI es de 199,89 euros. Para una retribución mayor a 2 veces el SMI es de 399,67 euros. Para renovación o modificación es de 79,93 euros. La prórroga va desde 16,08 euros hasta 399,67 euros.
¿Cómo pagar online?
Solicitar el formulario y hacer el pago online es muy sencillo. El procedimiento se hace a través de la sede electrónica de las Administraciones Públicas siguiendo los siguientes pasos:
Ingresar a la sección de extranjería
Una vez que se ha accedido al sitio web oficial de las Administraciones públicas, se debe ubicar el apartado “Procedimientos” en donde se deberá elegir la opción “Extranjería” para iniciar el trámite.
Dirigirse a la sección de tasas
Habiendo ingresado en la sección de extranjería, se mostrará un menú con todos los trámites disponibles en relación a las actividades de personas extranjeras en territorio español. En este menú se deberá ubicar la opción “Pago de tasas de extranjería”.
Elegir modelo 790 – 062
Dentro de esta sección se mostrarán todas las opciones de tasas que deben ser pagadas por el ciudadano extranjero que reside en España. En esta nueva lista se deberá seleccionar la Tasa 790 – 062 para poder ingresar al apartado en donde se efectuará el trámite.
Seleccionar el pago online
Finalmente se mostrará en pantalla la sección con toda la información referida a esta tasa y el procedimiento a seguir. En la parte inferior se ubicarán dos botones, el primero se utilizará para realizar el pago en línea mientras que el segundo será para descargar el formato.
Rellenar el formulario
Para poder hacer el pago de manera online se deberá contar con un DNI electrónico, un certificado digital o estar registrado dentro de la plataforma cl@ve. Utilizando cualquiera de estos tres métodos se procederá a ingresar a la sección correspondiente para el pago.
Una vez que se realice la autenticación de manera correcta, se mostrará en pantalla el formulario modelo para el pago, el cual deberá rellenarse con toda la información que ahí se solicita.
Realizar el pago e imprimir comprobante
Después de rellenar el formulario e indicar en qué provincia se presentará la tasa, se mostrarán las instrucciones para realizar el pago. Tras finalizar todos los pasos, se deberá hacer click en el botón “Firmar y enviar”. Si todo se ha realizado correctamente, se mostrará en pantalla el comprobante de pago en formato PDF el cual se puede descargar y/o imprimir para guardar.
¿Cómo descargar el modelo Tasa 790- 062?
El pago de la Tasa también se puede hacer de manera presencial. Para ello el pago se debe realizar en una entidad bancaria colaboradora y el comprobante de este se deberá presentar junto a la planilla modelo completamente llena en la oficina de extranjería más cercana.
El procedimiento para descargar este formato modelo es similar a como se realiza el pago online, solo cambiarán los últimos pasos:
- Ingresar a la sede electrónica de las Administraciones Públicas.
- Acceder a la sección de extranjería en el apartado “Procedimientos”.
- Elegir la opción “Pagos de tasas de extranjería” en el menú que se presenta.
- Seleccionar la opción “Tasa 790 – 062”.
- Al final de la página, hacer click en el botón “Accede a rellenar e imprimir el formulario de liquidación de la tasa 062”.
- Llenar los datos solicitados en el formulario y proceder a imprimir el mismo.
¿Qué otros modelos de la Tasa 790 existen?
Existen 5 modelos de tasas 790 que están relacionadas a las actividades de ciudadanos extranjeros en España. Cada una de ellas se debe pagar según corresponda.
- Modelo 790 – 062: Impuesto que paga el empleador para tramitar la autorización, renovación o prórroga de la residencia temporal y de trabajo del trabajador extranjero.
- Modelo 790 – 052: Impuesto que paga el empleado extranjero para tramitar la autorización, renovación o prórroga de su residencia temporal y de trabajo.
- Modelo 790 – 012: Impuesto que paga el trabajador extranjero al momento de registrar su huella para obtener la tarjeta de residencia.
- Modelo 790 – 006: Impuesto que se debe pagar en caso de que existan antecedentes penales, coberturas por fallecimientos y actos de última voluntad.
- Modelo 790 – 026: Impuesto que se paga en situaciones de concesiones de la nacionalidad española a residentes e hijos sefardíes nativos en España.