Hay una diferencia crucial entre el embargo de nómina (que limita el Art. 607 LEC) y el embargo de cuenta bancaria. Mucha gente cree que el SMI protege también el dinero una vez ingresado en la cuenta, pero la realidad es más matizada.
La protección del SMI en la cuenta bancaria
Según el Art. 607 LEC, el embargo de la nómina en origen (antes de que llegue a la cuenta) respeta el SMI inembargable. Sin embargo, una vez que el salario está ingresado en la cuenta, el dinero pierde su naturaleza de salario y puede ser embargado como cualquier otro saldo bancario.
No obstante, el Tribunal Supremo y la práctica judicial protegen el equivalente al SMI mensual en la cuenta si el titular acredita que ese saldo proviene de su salario. Esto requiere actuar rápido.
¿Cómo proteger el SMI en tu cuenta?
Si recibes una diligencia de embargo sobre tu cuenta bancaria:
- Presenta un escrito ante el juzgado acreditando que el saldo proviene de tu salario (nómina, extracto bancario)
- Solicita la liberación del importe equivalente al SMI
- El juzgado puede acordar que el banco deje libre ese importe
Embargar una cuenta compartida
Si la cuenta es mancomunada (de varios titulares), el embargo solo puede recaer sobre la parte del deudor. El cotitular puede solicitar la liberación de su parte aportando documentación que acredite que el dinero es suyo.
¿Qué deudas pueden embargar la cuenta?
Cualquier deuda reconocida por sentencia (civil, laboral) o por acto administrativo ejecutivo (Hacienda, Seguridad Social, multas) puede dar lugar a embargo de cuenta. La Seguridad Social y Hacienda son acreedores privilegiados y actúan directamente sin necesidad de resolución judicial.
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